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Elecciones Regionales y Municipales 2018: Facilidades para los miembros de mesa y electores


Decreto Supremo N° 010-2018-TR

Este Domingo, 7 de octubre de 2018, se llevarán a cabo las elecciones Regionales y Municipales 2018 en los departamentos y regiones de toda la República.


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Es en el marco de dicha coyuntura electoral y a efectos de facilitar y fomentar el ejercicio del deber cívico y el “derecho al voto” en las zonas más alejadas de nuestro país, que se adoptarán las siguientes medidas y se otorgarán las siguientes facilidades en los centros de trabajo:

  1. Día no laborable compensable para miembros de mesa que realizan jornadas atípicas de trabajo: Se declara el 8 de octubre como día no laborable de naturaleza compensable para los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las Elecciones Regionales y Municipales 2018 y que en su centro de labores realizan jornadas atípicas de trabajo.

  2. Certificado de Participación: Para gozar del beneficio señalado en el punto anterior, el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa, deberá presentar a su empleador el Certificado de Participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, que será entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales -ONPE.

  3. Días no laborables del 5, 6 y 7 de octubre: Los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación y que participen en las próximas Elecciones, siempre que acrediten haber ejercido su derecho a voto, no laborarán los días Viernes 5, Sábado 6 y Domingo 7 de octubre del presente año. Asimismo, quienes realicen jornadas atípicas de trabajo, tampoco laborarán el Lunes 8 de octubre.

  4. Recuperación de días no laborados: En el sector privado, se realizará mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador; a falta de acuerdo, el empleador decidirá. En el sector público, los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo de la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.

  5. Períodos de Tolerancia: Los trabajadores del sector publico y privado que no se encuentren en el supuesto de los puntos 3 y/o 4, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, tienen derecho a períodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto.

  6. Miembros de Mesa: Los trabajadores que actúen como miembros de mesa en las próximas elecciones, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el 7 de octubre, están facultados para no asistir a sus centros de labores, sin perjuicio de lo regulado en el art. 1° de la presente norma bajo comentario.

  7. Suspensión de Clases: Se suspenden las labores académicas y administrativas del viernes 5, sábado 6, domingo 7 y lunes 8 del presente año, para la realización de actividades electorales de recepción y acondicionamiento por parte de la ONPE en las instituciones educativas que sirvan como local de votación para las Elecciones.

 

Fuente: Decreto Supremo N° 010-2018-TR y Resolución Ministerial N° 539-2018-MINEDU

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