El día 18 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 298-2018-EF, norma que fija el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2019 en S/.4,200.00 Soles.
¿Quieres conocer los principales efectos e incidencias laborales derivadas del incremento de la UIT?
La variación de la UIT como indicador de referencia impactará automáticamente en otros valores de especial relevancia en el ámbito laboral, a partir del 1 de enero de 2019.
A continuación un detalle comparativo de las principales variaciones y los nuevos indicadores de referencia:
1. Unidad de Referencia Procesal (URP): 10% de la UIT.
2018: S/.415.00
2019: S/.420.00
2. Remuneración Integral Anual (RIA): Monto mínimo 2 UIT
2018: S/.8,300.00
2019: S/.8,400.00
3. Impuesto a la Renta de Quinta Categoría: Variación Escala de Impuesto
2018
2019
4. Régimen Laboral MYPE: Variación de las categorías empresariales en función de los niveles de ventas anuales
2018:
Microempresa: Ventas Anuales hasta el monto máximo de 150 UIT (S/ 622,500.00)
Pequeña Empresa: Ventas Anuales Superiores a 150 UIT y hasta un máximo de 1700 UIT (S/ 622,500.00 – S/ 7' 055,000.00)
Mediana Empresa: Ventas Anuales Superiores a 1700 UIT y hasta un máximo de 2,300 UIT (S/ 7' 055,000.00 – S/ 9' 545,000.00)
2019:
Microempresa: Ventas Anuales hasta el monto máximo de 150 UIT (S/ 630,000.00)
Pequeña Empresa: Ventas Anuales Superiores a 150 UIT y hasta un máximo de 1700 UIT (S/ 630,000.00 – S/ 7' 140,000.00)
Mediana Empresa: Ventas Anuales Superiores a 1700 UIT y hasta un máximo de 2,300 UIT (S/ 7' 140,000.00 – S/ 9' 660,000.00)
5. Capital mínimo de las Empresas de Intermediación Laboral: 45 UIT
2018: S/ 186,750.00
2019: S/ 189,000.00
6. Empresas Administradoras de Vales de Consumo: Capital social mínimo de 300 UIT
2018: S/ 1’ 245,000.00
2019: S/ 1' 260,000.00
7. Régimen Laboral en Construcción Civil: Empresas constructoras de inversión limitada. Costos individuales no deben superar las 50 UIT.
2018: S/ 207,500.00
2019: S/ 210,000.00
Otros relevantes a tener en consideración:
Tasas administrativas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo reguladas por el TUPA y acorde a los porcentajes dispuestos en cada procedimiento.
Multas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo conforme a la base de cálculo de las infracciones dispuestas en el Decreto Supremo N° 019-2006-TR (Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo).
AOV Abogados
Diciembre, 2018