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El Pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)


El plazo para efectuar el depósito semestral de la compensación por tiempo de servicios vence el próximo 15 de Mayo de 2019.

¿Quieres conocer los aspectos más relevantes

respecto al depósito de la CTS?

A continuación, un breve Q&A sobre la Compensación por Tiempo de Servicios:

¿Quiénes tienen derecho a percibir el pago de la CTS?

  • Los trabajadores sujetos a la actividad privada que laboran 4 horas diarias en promedio como mínimo.

  • Los trabajadores que tengan un periodo mínimo de servicios de 1 mes.

 

¿Cuál es la oportunidad de pago de la CTS?

  • Primera Quincena de Mayo: por el periodo semestral Noviembre - Abril .

  • Primera Quincena de Noviembre: por el periodo semestral Mayo – Octubre.

 

¿Qué infracciones se generan si una empresa incumple dicha obligación laboral?

Infracción Grave en materia de relaciones laborales en caso no se deposite íntegra y oportunamente la CTS.

Ejemplo: De 1 a 10 trabajadores afectados con dicho incumplimiento la multa podrá ascender a 1.35 de la UIT (S/ 5,670.00).

 

¿Actualmente el trabajador puede retirar sus fondos acumulados de CTS?

El trabajador podrá disponer del 100% del excedente de 4 remuneraciones brutas mensuales, considerando el monto del último sueldo del trabajador.

Ejemplo: Si los fondos acumulados de CTS de un trabajador ascienden a S/ 6,000.00 y su remuneración bruta mensual asciende a S/ 1,000.00 podrá disponer de S/ 2,000.00.

¿Por qué? Porque 4 remuneraciones brutas mensuales ascenderían a S/ 4, 000.00, dejando como saldo los S/ 2,000.00 sobre los cuales se podrá disponer.

 

¿Cómo funciona el procedimiento de retiro de la CTS?

El trabajador deberá informar a su empleador que retirará el monto correspondiente (tomando como punto máximo el monto del cual puede legalmente disponer). Luego de ello, el empleador deberá comunicar a la entidad financiera en donde el trabajador tenga este beneficio social, y deberá precisar el monto.

 

¿Qué pasa cuando la relación laboral entre el empleador y el trabajador culmina?

El empleador cuenta con un plazo de 48 horas para entregar al trabajador la “carta de retiro de CTS” a efectos que el trabajador retire el 100% de sus fondos acumulados de CTS en la entidad financiera correspondiente.

 

¿Y si el trabajador laboró por un periodo inferior a un semestre?

La “CTS trunca” le será abonada directamente en su liquidación de beneficios sociales en el término de las 48 horas de producido el cese.

 

AOV ABOGADOS

Abril 2019

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