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Accesibilidad al Certificado Único Laboral para Personas Adultas - CERTIADULTO

Con el Decreto Supremo Nº 014-2020-TR publicado en el diario oficial “El Peruano” el 10 de junio 2020, se ha aprobado el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1498 que otorga accesibilidad al Certificado Único Laboral para Personas Adultas - CERTIADULTO - ante el impacto del COVID-19.


Como se recordará, el citado Decreto Legislativo Nº 1498 dispuso otorgar accesibilidad al denominado CERTIADULTO, que es un documento dirigido para los ciudadanos (as), que será emitido con la finalidad de su acceso y/o reinserción al mercado laboral formal, mediante el otorgamiento, en un solo trámite, de toda la información requerida por los empleadores, generando en aquellos confianza sobre la veracidad de dicha información, en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional declarada a consecuencia del COVID-19.


Se dispuso con el Decreto Legislativo Nº 1498, que esta norma legal entrara en vigencia al día siguiente de la publicación de su Reglamento en el diario oficial “El Peruano”. Habiendo sido publicado el referido Reglamento, la normativa en comentario se encuentra en vigencia desde el miércoles 11 de junio del presente año.


A continuación, las principales disposiciones del citado Reglamento:


I. Requisitos para acceder al CERTIADULTO


Para acceder al CERTIADULTO se deberá:

  • Tener de 30 a más años de edad, y

  • Contar con Documento Nacional de Identidad (DNI).


II. Información contenida en el CERTIADULTO

  • El CERTIADULTO contendrá la siguiente información:

a) Datos de identidad, nombre completo, fecha de nacimiento, domicilio y número del Documento Nacional de Identidad (DNI) del ciudadano o ciudadana; información proporcionada bajo responsabilidad de RENIEC.


b) Antecedentes policiales, en los cuales se indique únicamente si el/la ciudadano/a cuenta o no con antecedentes; información proporcionada bajo responsabilidad del Ministerio del Interior (MININTER) a través de la Policía Nacional del Perú (PNP).


c) Antecedentes judiciales, en los cuales se indica únicamente si el/la ciudadano/a cuenta o no con antecedentes; información proporcionada bajo

responsabilidad del Instituto Nacional Penitenciario (INPE).


d) Antecedentes penales, en los cuales se indica únicamente si el/la ciudadano/a cuenta o no con antecedentes; información proporcionada bajo

responsabilidad del Poder Judicial (PJ).


e) Trayectoria educativa del/de la ciudadano/a respecto a formación universitaria, la información oficial sobre grados y títulos, y nombre de las instituciones educativas; información proporcionada bajo responsabilidad de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNEDU).


f) Trayectoria educativa del/de la ciudadano/a, respecto a educación superior pedagógica, tecnológica y artística, la información oficial sobre grados y títulos, y nombre de las instituciones educativas; información proporcionada bajo responsabilidad del Ministerio de Educación (MINEDU) y la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNEDU), según corresponda.


g) Experiencia laboral del/de la ciudadana, la información respecto del nombre de la/s entidad/es con las cuales haya tenido vínculo laboral formal y el periodo correspondiente, registrado en el Sistema de Planillas Electrónicas; información proporcionada bajo responsabilidad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).


III. Procedimiento de obtención del CERTIADULTO

  • El/la ciudadano/a deberá acceder al portal web del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción el Empleo (www.empleosperu.gob.pe) mediante su DNI y completará su registro con la información que le sea solicitada.

  • Durante el registro se activará procedimiento de validación de identidad virtual conforme con lo establecido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

  • Culminado el proceso de verificación de identidad del/la solicitante, se autogenerará inmediatamente su primer certificado, el cual se aloja en una carpeta de certificados, mediante la cual puede acceder al mismo para su descarga y/o impresión. Asimismo, el sistema habilita su acceso para que se pueda generar un nuevo certificado cada vez que se solicite, con los datos de su DNI a través del portal web del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.empleosperu.gob.pe). La generación de un nuevo certificado no está restringida a la vigencia de uno anterior, pudiendo almacenarse los diez últimos certificados en la carpeta del usuario.

  • El procedimiento de validación de identidad también podrá realizarse mediante canales alternativos que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo autorice e implemente.


IV. Verificación de la autenticidad del CERTIADULTO

  • El/la empleador/a podrá verificar la autenticidad del CERTIADULTO entregado por el/la postulante, mediante consulta en el portal del Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. empleosperu.gob.pe) para lo cual podrá realizar:


- La verificación individual, contrastando el código del certificado, el número de DNI del/la postulante y número de RUC de la empresa que realiza la verificación.


- La verificación masiva, para lo cual se deberá registrar el número de RUC de la persona natural o jurídica que realiza la verificación (digitar códigos o usar lector de códigos).


  • El empleador no tendrá la opción de descargar el CERTIADULTO de los postulantes. Solo accede a la información del certificado para verificar que su contenido no ha sido alterado.


V. Actualización de datos del CERTIADULTO


La información contenida en el CERTIADULTO se actualizará permanentemente, de acuerdo con los procedimientos y plazos establecidos por cada una de las entidades proveedoras de información.


VI. Obligaciones con respecto al CERTIADULTO


Son obligaciones de los beneficiarios del CERTIADULTO:


  • Resguardar su cuenta de usuario/a de acceso al portal web, y

  • Disponer el correcto uso y destino de la información generada en el CERTIADULTO.


Son obligaciones del/la empleador/a:


  • Mantener la confidencialidad de la información contenida en el CERTIADULTO correspondiente, cuando esta sea entregada por el usuario.


VII. Firma digital del CERTIADULTO


El CERTIADULTO cuenta con la firma digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, utilizando los mecanismos que se encuentren disponibles de conformidad con la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM, y/o las normas correspondientes.


VIII. Vigencia y accesibilidad del CERTIADULTO


El CERTIADULTO tendrá una vigencia de tres meses desde la fecha de su emisión.


La accesibilidad al CERTIADULTO se brinda a partir de su implementación y hasta por un periodo de doce meses, el cual podrá ser ampliado, en conformidad a lo previsto en el numeral 3.2. del artículo 3 del Decreto Legislativo 1498.


IX. Exigibilidad de las acreditaciones


Las acreditaciones otorgadas a través del CERTIADULTO se brindarán siempre que la información necesaria se encuentre previamente registrada por las instancias correspondientes y esté disponible a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado.


El ciudadano o la ciudadana no podrá exigir el otorgamiento de las acreditaciones que no cumplan con los requisitos mencionados.


En caso la información no haya sido previamente registrada por las instancias correspondientes y/o no se encuentre disponible a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado-PIDE, los/las ciudadanos /as podrán solicitar dicha información directamente a la entidad o instancia correspondiente, conforme a los procedimientos regulares establecidos para tal fin.


 

AOV ABOGADOS

Junio 2020

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