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Alcances de la Resolución de Superintendencia No. 83-2020/SUNAFIL

Mediante Resolución de Superintendencia N° 83-2020/SUNAFIL publicada el 29 de mayo de 2020, se ha dispuesto prorrogar la suspensión de plazos del Sistema de Inspección del Trabajo y también prorrogar la suspensión de plazos de procedimientos administrativos en SUNAFIL.


Los principales alcances de este Resolución de SUNAFIL son los siguientes:


I. Prórroga de suspensión de plazos del Sistema de Inspección del Trabajo.


Se dispone prorrogar hasta el 10 de junio 2020 la suspensión del cómputo de los plazos, dispuesta en los párrafos primero y segundo del artículo N° 1 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, con respecto a las actuaciones inspectivas y procedimientos administrativos sancionadores, así como de los procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.

II. Prorroga la suspensión de plazos de procedimientos administrativos de SUNAFIL.

Se dispone prorrogar también hasta el 10 de junio 2020 la suspensión del cómputo de plazos de inicio y tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole que se encuentren sujetos a plazo, incluyendo a los procedimientos de acceso a la información pública, fraccionamiento del pago de multas y ejecución coactiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, que fuera dispuesta en el primer párrafo del artículo N° 2 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL.


 

AOV ABOGADOS

Junio 2020

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