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ALERTA MIGRATORIA: Constancias para Extranjeros

El día de hoy ha sido publicada en el diario oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia Nº 000121-2020-MIGRACIONES mediante la cual se autoriza el uso de Constancias en favor de ciudadanos extranjeros que habiendo efectuado diversos trámites no recabaron el carné de extranjería ni el PTP, debido a la medida de aislamiento social obligatorio decretada en el marco de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19 y dictan diversas disposiciones.


Cabe señalar que en el contexto de la Emergencia Sanitaria, y del aislamiento social obligatorio vigente en Perú, que impide la movilidad normal de las personas, restringiéndola solo para casos específicos, muchos ciudadanos extranjeros que se encuentran residiendo en el territorio nacional se han visto perjudicados, al haber tramitado su “Inscripción en el Registro Central de Extranjería y Emisión del Carné de Extranjería”, “Duplicado de Carné de Extranjería” y/o “Emisión y Duplicado del Carné de Permiso Temporal de Permanencia de venezolanos”, y, no poder obtener su respectivo carné de extranjería y/o Permiso Temporal de Permanencia -PTP.


En tal sentido, se ha dispuesto autorizar el uso de la “Constancia de Emisión de Carné de Extranjería”, “Constancia de Emisión de Carné de Extranjería (Menores de edad)”, “Constancia de Emisión de Carné de PTP” y “Constancia de Emisión de Carné de PTP (Menores de edad”), en favor de los ciudadanos extranjeros que habiendo efectuado el trámite de “Inscripción en el Registro Central de Extranjería y Emisión del Carné de Extranjería”, “Duplicado de Carné de Extranjería” y/o “Emisión y Duplicado del Carné de Permiso Temporal de Permanencia" de ciudadanos venezolanos, no hubieran podido recabar el carné de extranjería ni el PTP, debido a la medida de aislamiento social obligatorio decretada en el marco de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19.


Se aprueban los siguientes formatos:

  • “Constancia de Emisión de Carné de Extranjería”;

  • “Constancia de Emisión de Carné de Extranjería (Menores de edad)”;

  • “Constancia de Emisión de Carné de PTP” y

  • “Constancia de Emisión de Carné de PTP (Menores de edad)”.


Tales constancias tendrán la misma validez que los documentos antes descritos por el tiempo que dure la Emergencia Sanitaria y hasta la entrega del carné respectivo.


El acceso a las constancias será gratuito a través del portal institucional www.migraciones. gob.pe


Si requieren nuestra asistencia en la emisión de alguna de las precitadas constancias, ponganse en contacto con nosotros a través de: info@aovabogados.com.pe


 

AOV Abogados

Mayo 2020

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